{"id":5958,"date":"2022-01-19T10:42:43","date_gmt":"2022-01-19T09:42:43","guid":{"rendered":"https:\/\/pratmora.com\/?p=5958"},"modified":"2026-09-04T13:44:55","modified_gmt":"2026-09-04T11:44:55","slug":"como-actuar-en-caso-de-recibir-una-notificacion-de-la-administracion-publica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/pratmora.com\/es\/blog\/como-actuar-en-caso-de-recibir-una-notificacion-de-la-administracion-publica\/","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo actuar en caso de recibir una notificaci\u00f3n de la administraci\u00f3n p\u00fablica?"},"content":{"rendered":"<p>Ante la pregunta qu\u00e9 tengo que hacer si he recibido una notificaci\u00f3n de la administraci\u00f3n p\u00fablica la respuesta es muy sencilla, primero se tiene que tener claro qu\u00e9 tipo de notificaci\u00f3n o carta nos ha llegado, es muy importante fijarnos puesto que las notificaciones de la Administraci\u00f3n P\u00fablica pueden ser muy variadas: diligencias de embargos (n\u00f3minas, sueldos, cr\u00e9ditos de proveedores, etc.), multas de tr\u00e1fico, multas otros organismos (diputaci\u00f3n, IBI), revisiones de la renta, revisiones de IVA, impuesto sobre sociedad o retenciones, requerimientos de renta, inspecci\u00f3n de trabajo o de hacienda, etc.<\/p>\n<h2><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-5962\" src=\"https:\/\/pratmora.com\/wp-content\/uploads\/2022\/01\/notificacion-de-la-administracion-publica-1.jpg\" alt=\"\u00bfC\u00f3mo actuar en caso de recibir una notificaci\u00f3n de la administraci\u00f3n p\u00fablica\" width=\"1200\" height=\"628\" \/><\/h2>\n<h2>Cartas de la Agencia Tributaria o Hacienda, Diputaci\u00f3n, Generalitat y Ayuntamientos: Qu\u00e9 tengo que hacer? A quien me tengo que dirigir?<\/h2>\n<p>Las notificaciones o cartas mencionadas anteriormente se pueden recibir v\u00eda electr\u00f3nica, a trav\u00e9s del buz\u00f3n electr\u00f3nico o por correo certificado por parte de los siguientes organismos p\u00fablicos: la Agencia Tributaria o Hacienda, la Diputaci\u00f3n, la Generalitat y\/o los Ayuntamientos generando una sensaci\u00f3n de Incertidumbre, inseguridad y preocupaci\u00f3n por la persona receptora.<\/p>\n<p>Una vez se tenga claro qu\u00e9 tipo de carta ha recibido por parte del organismo p\u00fablico el primer paso es apuntar la fecha de recepci\u00f3n de la carta o notificaci\u00f3n a fin de poder contar, a partir de esta fecha, <strong>el plazo m\u00e1ximo de 10 d\u00edas h\u00e1biles<\/strong> que la Administraci\u00f3n te concede para contestarla. Este paso es muy importante puesto que la administraci\u00f3n es muy estricto con el cumplimiento de los plazos y no cumplirlos implica perder tu derecho a defenderte.<\/p>\n<p>El seg\u00fan que tendremos que hacer es leer con atenci\u00f3n la notificaci\u00f3n o carta, el contenido suele ser un lenguaje complejo de entender y suelen comportar procedimientos muy espec\u00edficos, por todo esto aconsejamos solicitar asesoramiento fiscal con profesionales expertos con el tema que te ayuden a contestar y acompa\u00f1arte a lo largo de todo el proceso. <strong>Remarcar que contestar la notificaci\u00f3n o carta recibida es una obligaci\u00f3n y en caso de no hacerlo supondr\u00e1 una sanci\u00f3n monetaria por el receptor.<\/strong><\/p>\n<h2>Inspecci\u00f3n de Trabajo o Hacienda en el domicilio de tu empresa. Qu\u00e9 procedimiento tengo que seguir?<\/h2>\n<p>Cada vez es m\u00e1s frecuente recibir visitas de los inspectores directamente en tu centro de trabajo para revisar la situaci\u00f3n de tus trabajadores, cumplimiento del control horario, verificaci\u00f3n de los tipos de contrato que tiene cada trabajador y si se aplican de manera correcto de acuerdo con la legislaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<p>Ante esta situaci\u00f3n, el primero que tienes que hacer es verificar su acreditaci\u00f3n, no poner m\u00e1s trabas de los necesarios a lo largo de su visita y, inmediatamente, ponerte en contacto con tu asesor.<\/p>\n<p><strong>Importante: Los d\u00edas del mes de agosto son h\u00e1biles a efectos de recibir notificaciones de las Administraciones P\u00fablicas. Recuerda que Hacienda te permite fijar un plazo de 30 d\u00edas en los cuales no podr\u00e1n enviar notificaciones.<\/strong><\/p>\n<p>Si has recibido una <a href=\"https:\/\/pratmora.com\/es\/carta-de-hacienda-en-sant-celoni\/\">carta de Hacienda en Sant Celoni<\/a> y no sabes que hacer, desde Prat Mora te asesoraremos gracias a nuestra experiencia y nuestro equipo de expertos en el \u00e1mbito.<\/p>\n<h2>Devoluci\u00f3n dinero Sanciones Covid. \u00bfPuedo reclamar el retorno de las sanciones\/multes Covid que pagu\u00e9 del primer estado de alarma?<\/h2>\n<p>Ante la pregunta formulada de si puedo reclamar el retorno de la multa pagada por motivo Covid durante el primer estado de alarma la respuesta es muy sencilla, si se puede reclamar que se devuelva el importe pagado. El pasado d\u00eda 29 de diciembre entr\u00f3 en vigor la Resoluci\u00f3n INT\/3813\/2021 publicada en el DOGC n.\u00ba 8572, por el cual declara como inconstitucional y nulo las sanciones mencionadas anteriormente.<br \/>\nReclamar el retorno de estas multas es un tr\u00e1mite sencillo y que se puede solicitar a trav\u00e9s de la web de la Generalitat y sin certificado digital. Solo tendr\u00e1s que disponer de un certificado de titularidad de cuenta bancaria y el n\u00famero de cuenta IBAN.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante la pregunta qu\u00e9 tengo que hacer si he recibido una notificaci\u00f3n de la administraci\u00f3n p\u00fablica la respuesta es muy sencilla, primero se tiene que tener claro qu\u00e9 tipo de notificaci\u00f3n o carta nos ha llegado, es muy importante fijarnos puesto que las notificaciones de la Administraci\u00f3n P\u00fablica pueden ser muy variadas: diligencias de embargos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":5962,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[176],"tags":[],"class_list":["post-5958","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-novedades"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5958","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5958"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5958\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5962"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5958"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5958"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/pratmora.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5958"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}