Contratar a una persona para que trabaje en tu casa —ya sea para limpieza, cuidado de niños, atención a una persona mayor o tareas del hogar en general— es una decisión que va más allá del día a día. En cuanto alguien trabaja en tu domicilio a cambio de un salario, eres su empleador y asumes una serie de obligaciones legales: formalizar un contrato, darle de alta en la Seguridad Social y cotizar.
En esta guía te explicamos, en lenguaje claro y pensando en un particular (no en una empresa), qué tipos de contrato existen hoy, cómo funciona el cada vez más demandado contrato por horas, qué debe incluir el documento y cómo gestionar el alta. En Prat Mora, con más de 40 años asesorando a familias y empresas en Sant Celoni y la comarca del Vallès Oriental, ayudamos a cientos de hogares a tener todo en regla sin complicarse.
Una nota sobre cómo llamamos a las cosas. La denominación correcta hoy es persona trabajadora del hogar, y es la que ha adoptado la propia normativa: desde la reforma de 2022, el Real Decreto 1620/2011 habla de «persona trabajadora del hogar». Verás también la forma «empleada/o de hogar», porque Empleados de Hogar sigue siendo el nombre oficial del régimen de la Seguridad Social y es como la mayoría de la gente busca esta información. En este artículo nos referimos indistintamente a trabajadoras y trabajadores del hogar: la ley y las obligaciones son exactamente las mismas.
En esta guía:
- Qué es este contrato y a quién se aplica
- Indefinido o temporal: qué corresponde en cada caso
- El contrato por horas y cómo se cotiza
- Las dos formas de retribuir: mensual fija o por horas reales
- Qué debe incluir el contrato
- El alta en la Seguridad Social, paso a paso
- Qué cambió con el RD-ley 16/2022
- Preguntas frecuentes
¿Qué es el contrato de empleada/o de hogar y a quién aplica?
En corto: se aplica siempre que alguien trabaja en tu domicilio a cambio de un salario, sin importar cuántas horas.
El contrato de trabajador o trabajadora del hogar (también llamado contrato de servicio doméstico) es el que regula la relación laboral cuando una persona presta servicios domésticos en tu vivienda: limpieza, cocina, cuidado de personas, jardinería, conducción del coche familiar, etc.
Esta relación se rige por una normativa específica —la llamada relación laboral especial del servicio del hogar familiar— y encuadra a la persona en el Sistema Especial para Empleados de Hogar dentro del Régimen General de la Seguridad Social. Es decir, no es exactamente igual que un trabajador «normal» de empresa, pero desde las últimas reformas se ha equiparado en muchos derechos.
Lo importante: siempre que pagues a alguien por trabajar en tu hogar, debes formalizar la relación, independientemente de las horas. Como regla general, no existe un mínimo de horas por debajo del cual «no haga falta contrato o alta».
Tipos de contrato hoy: indefinido (la norma) vs temporal (la excepción)
En corto: el indefinido es la regla; el temporal solo cabe con una causa que lo justifique.
Una de las confusiones más habituales es pensar que se puede elegir libremente entre indefinido y temporal. Hoy no es así.
Contrato indefinido: la norma general
Tras las reformas laborales recientes, el contrato indefinido es la opción por defecto también en el servicio del hogar. Si la necesidad es continuada —alguien que viene cada semana de forma estable— lo que corresponde es un contrato indefinido. Aporta estabilidad a ambas partes y suele admitir un periodo de prueba dentro de los límites previstos para esta relación especial.
Es el escenario más común y el que recomendamos cuando la relación va a prolongarse en el tiempo.
Contrato temporal: solo con causa justificada
El contrato temporal en el servicio del hogar solo está permitido cuando existe una causa que lo justifique (por ejemplo, la sustitución de otra persona o circunstancias concretas y temporales del hogar). No vale «hacer temporal por si acaso»: si el trabajo es estable, el contrato debe ser indefinido aunque empieces con pocas horas.
En la práctica, muchas familias creen estar «probando» con un temporal cuando en realidad la relación ya es estable. Es uno de los errores que más sanciones genera. En Prat Mora revisamos tu caso antes de firmar nada.
Contrato de empleada/o de hogar por horas: cómo funciona y cómo se cotiza
En corto: «por horas» no es un tipo de contrato distinto, sino una forma de organizar la jornada.
Esta es la modalidad que más dudas genera. Aclaremos algo de entrada: un contrato por horas puede ser indefinido a tiempo parcial o temporal, según la necesidad. No existe un modelo de contrato específico «por horas»: se usa el contrato de la relación laboral especial indicando la jornada parcial y el número de horas semanales, y el alta se tramita igual, indicando esas horas.
¿Cuándo conviene el contrato por horas?
Es la opción típica de la familia que necesita ayuda unas horas a la semana: la persona que viene dos mañanas a limpiar, quien cuida a los niños algunas tardes, etc. Si esa necesidad es estable en el tiempo, lo correcto suele ser un indefinido a tiempo parcial.
Lo que NO cambia por trabajar pocas horas
Trabajar pocas horas no exime de obligaciones. Aunque sean dos o tres horas a la semana:
- Hay que formalizar el contrato por escrito.
- Hay que dar de alta a la persona en la Seguridad Social antes de que empiece a trabajar.
- Hay que cotizar en proporción a las horas.
- La persona tiene los mismos derechos (vacaciones, pagas extra prorrateadas y desempleo) que cualquier trabajadora del hogar.
Las dos formas de retribuir: mensual fija o por horas reales
En corto: si el salario es fijo cada mes, la gestión es sencilla; si se paga por horas reales trabajadas, hay que comunicar los cambios a la Seguridad Social mes a mes.
Aquí está una de las decisiones que más consecuencias prácticas tiene, y conviene tomarla antes de firmar. Hay dos modalidades y no dan el mismo trabajo:
1. Retribución mensual fija
Se pacta un salario fijo al mes, con una jornada parcial o completa determinada. Es la opción más habitual y la más simple de gestionar: la retribución y la cotización se mantienen estables mes a mes, y solo hay que comunicar los cambios cuando de verdad se modifica algo (una subida de salario, un cambio de jornada).
2. Retribución por horas reales trabajadas
Se paga en función de las horas efectivamente trabajadas cada mes, de modo que la retribución varía de un mes a otro. Esto tiene tres implicaciones importantes:
- La cotización cambia cada mes, porque depende de lo realmente percibido.
- Hay que comunicar esas variaciones a la Seguridad Social en cada periodo.
- Si en un mes no se trabaja, no hay retribución y no se genera cotización por ese periodo.
Aviso práctico: el pago por horas reales es bastante más complicado de llevar que el salario mensual fijo, porque obliga a recalcular y comunicar cada mes. Es la modalidad en la que más errores vemos cuando la familia lo gestiona por su cuenta, y donde más sentido tiene delegarlo. En Prat Mora nos encargamos de ese cálculo y de la comunicación mensual.
Cómo se cotiza
La cotización en el servicio del hogar se calcula sobre una base que depende de la retribución del periodo, organizada por tramos. El salario debe respetar como mínimo el salario mínimo fijado legalmente e incluir la parte proporcional de pagas extra y vacaciones. Tanto la persona empleadora como la trabajadora aportan su parte de cotización, con un reparto de porcentajes establecido normativamente, que incluye la cuota de desempleo, FOGASA y el MEI.
Qué debe incluir el contrato (modelo / contenido mínimo)
En corto: no necesitas una plantilla descargada de internet, necesitas que el contrato recoja estos elementos.
- Identificación de las partes: datos de la persona empleadora (la familia) y de la trabajadora.
- Tipo de contrato: indefinido o temporal (con la causa, si es temporal).
- Fecha de inicio y, si procede, fin; y periodo de prueba dentro de los límites previstos.
- Jornada y horario: número de horas semanales (clave en los contratos por horas) y distribución.
- Funciones: descripción de las tareas (limpieza, cuidado de personas, cocina, etc.).
- Salario: importe, modalidad de retribución (mensual fija o por horas reales), número de pagas y si incluye salario en especie (manutención/alojamiento), dentro del límite legalmente admitido.
- Vacaciones y permisos.
- Régimen de pernocta / presencia, si la persona duerme en el domicilio.
- Mención a la normativa aplicable: conviene precisar que la relación se rige por su normativa especial. Aunque mucha gente busca «convenio de empleadas de hogar», técnicamente no se trata de un convenio colectivo ordinario, sino del régimen propio de esta relación laboral especial.
El alta de una persona trabajadora del hogar tiene además su propia clave de encuadramiento en la Seguridad Social, distinta de la de un trabajador por cuenta ajena ordinario.
Si quieres que preparemos tu contrato a medida, lo hacemos en nuestra asesoría laboral.
Alta y cotización en la Seguridad Social: paso a paso
En corto: el alta es responsabilidad tuya como empleador y debe estar hecha antes del primer día de trabajo.
- Antes de empezar: el alta debe estar tramitada antes del primer día de trabajo.
- Obtén tu Código de Cuenta de Cotización (CCC) como empleador del hogar, si es la primera vez.
- Da de alta a la persona aportando sus datos, las horas semanales, el salario y la cuenta bancaria de las cotizaciones; elige la entidad que cubre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Tramitación online con certificado o Cl@ve, o presencial con cita previa en la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Cada mes: abonar la cotización y, si la retribución es por horas reales, comunicar las variaciones del periodo.
Cambios normativos recientes (RD-ley 16/2022)
En corto: equiparó en buena medida los derechos de las personas trabajadoras del hogar con el resto.
- Derecho a la prestación por desempleo (paro): ahora se cotiza por desempleo y se puede acceder a la prestación.
- Protección de FOGASA: cobertura del Fondo de Garantía Salarial.
- Fin del desistimiento libre: ya no se puede «desistir» del contrato sin causa; la extinción debe ajustarse a las causas legales (con sus formalidades e indemnización cuando corresponda).
- MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional): cotización adicional aplicable.
- Reducciones y bonificaciones de cuotas para la persona empleadora.
Obligaciones del empleador: resumen
Más allá del alta, como empleador debes:
- Pagar al menos el salario mínimo aplicable.
- Entregar nómina y abonar las pagas extra (o su parte proporcional).
- Respetar vacaciones y descansos.
- Comunicar a la Seguridad Social las variaciones de retribución, si el pago es por horas reales.
- Cumplir las formalidades de extinción y, en su caso, abonar la indemnización que corresponda.
Parece mucho, pero con la gestión adecuada es perfectamente llevadero. La mayoría de problemas vienen de no formalizar bien el contrato o de no dar de alta a tiempo.
Cómo te ayudamos en Prat Mora (Sant Celoni)
En Prat Mora llevamos más de 40 años ayudando a familias y empresas del Vallès Oriental —Sant Celoni, Santa Maria de Palautordera, Cardedeu, Granollers, Breda, Hostalric, Llinars del Vallès y comarca— a cumplir con sus obligaciones laborales sin estrés.
Si vas a contratar a alguien para tu hogar, nosotros nos encargamos de todo: te asesoramos sobre el tipo de contrato y la modalidad de retribución más adecuados, redactamos el contrato, tramitamos el alta y las cotizaciones, preparamos las nóminas mensuales y te avisamos de cualquier cambio normativo. Conoce nuestro servicio de asesoría laboral y, si lo prefieres, contáctanos y lo vemos sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente un contrato de empleada/o de hogar por horas?
No es un tipo de contrato aparte, sino una forma de organizar la jornada: la persona trabaja unas horas a la semana. Según la necesidad será un contrato indefinido a tiempo parcial o temporal, pero siempre por escrito y con alta en la Seguridad Social.
¿Es mejor pagar un salario mensual fijo o por horas trabajadas?
Depende de si la jornada es estable. El salario mensual fijo es mucho más sencillo de gestionar, porque la cotización no varía. El pago por horas reales obliga a recalcular cada mes y a comunicar las variaciones a la Seguridad Social, y si un mes no se trabaja no se cotiza por ese periodo. Si la jornada es previsible, casi siempre conviene la mensual fija.
Si solo viene unas horas a la semana, ¿hay que dar de alta igualmente?
Sí. Como regla general, no existe un mínimo de horas por debajo del cual no haga falta contrato ni alta. Aunque sean dos horas, debe estar dada de alta y hay que cotizar.
¿El contrato debe ser indefinido o puedo hacerlo temporal?
Hoy el indefinido es la norma general. El temporal solo se permite cuando hay una causa que lo justifique. Si la necesidad es estable, corresponde indefinido aunque empieces con pocas horas.
¿Cuánto cuesta dar de alta a una persona trabajadora del hogar?
Depende del salario y de las horas: la cotización se calcula por tramos sobre la retribución, y se reparte entre empleador y trabajador. En Prat Mora te calculamos el coste exacto de tu caso antes de contratar.
He oído que por debajo de 60 horas al mes la persona se da de alta ella misma. ¿Es así?
No. Eso corresponde a un régimen ya superado. El alta y la cotización son responsabilidad de la persona empleadora en todos los casos, también cuando se trabajan pocas horas al mes.
¿Hay un modelo o plantilla de contrato de empleada/o de hogar?
Se usa el contrato de la relación laboral especial del servicio del hogar, indicando jornada, salario y funciones. No te recomendamos copiar una plantilla genérica de internet sin revisar: nosotros te lo preparamos adaptado a tu situación.
¿Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a paro?
Sí, desde el RD-ley 16/2022 se cotiza por desempleo y se puede acceder a la prestación, cumpliendo los requisitos generales de acceso.
¿Puedo despedir libremente a la persona que trabaja en mi hogar?
No. El desistimiento libre se eliminó: la extinción debe ajustarse a las causas legales y, en su caso, abonar la indemnización correspondiente.
¿Qué salario mínimo debo pagar?
Debes respetar como mínimo el salario fijado legalmente, incluyendo la parte proporcional de pagas extra y vacaciones.
¿Existe un «convenio de empleadas de hogar»?
La relación se rige por su normativa especial más que por un convenio colectivo ordinario, aunque mucha gente lo busque como «convenio empleadas de hogar».
¿Qué pasa si no formalizo el contrato o no doy de alta a tiempo?
Puedes enfrentarte a sanciones y a tener que abonar cotizaciones atrasadas, además de privar a la persona del acceso a sus derechos. Es el error más caro y el más fácil de evitar.
¿Prat Mora gestiona todo el proceso?
Sí. Desde Sant Celoni nos encargamos del contrato, el alta, las cotizaciones mensuales, las nóminas y cualquier cambio o baja. Solo tienes que decirnos a quién quieres contratar. Escríbenos a través de nuestra asesoría laboral.
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