Calendario fiscal

¿Cuáles son las OBLIGACIONES fiscales que hemos de cumplir el mes de ENERO de 2026?

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Si eres empresario o has tenido actividad profesional desde inicio de año, te interesa saber qué impuestos estás obligado a presentar y cuándo. Este mes de enero se presentarán las siguientes liquidaciones:

Liquidaciones trimestrales (4T 2025)

Operaciones realizadas durante los meses de:

  • Octubre 2025
  • Noviembre 2025
  • Diciembre 2025

Liquidaciones anuales

Resúmenes de todas las operaciones efectuadas de enero a diciembre de 2025.

¿Qué fechas debemos tener en cuenta?

Existen dos plazos distintos en función del tipo de liquidación:

Retenciones en general

  • Fecha para aportar documentación: 10/01/2026
  • Fecha final liquidación trimestral (cargo en banco): 20/01/2026
  • Fecha final liquidación anual: 02/02/2026

IVA, pagos a cuenta y operaciones intracomunitarias

  • Fecha para aportar documentación: 19/01/2026
  • Fecha final liquidación trimestral y anual: 30/01/2026

¿Qué impuestos se presentan en el 4T 2025 y en el resumen anual?

En función de las características de tu actividad, deberás presentar algunos de los siguientes impuestos:

RETENCIONES

Las retenciones de IRPF son cantidades que se descuentan a los contribuyentes por determinadas rentas (nóminas, alquileres, profesionales, etc.). Estas cantidades actúan como un adelanto a la Agencia Tributaria.

Modelo 111 / 190

Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF (rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales).

Retenciones de trabajadores (nóminas)

La empresa retiene una cantidad determinada en las nóminas que se considera ya adelantada en la declaración de la renta del trabajador.

Cálculo: suma de las retenciones practicadas en todas las nóminas del periodo.

Documentación necesaria: nóminas mensuales, solo si no las gestiona nuestro departamento laboral.

Retenciones de actividades económicas en módulos

Algunas actividades (por ejemplo, transportistas) aplican una retención del 1%.

Cálculo: suma de las retenciones practicadas en las facturas recibidas.

Documentación necesaria: listado o copia de las facturas recibidas (con identificación del proveedor).

Retenciones de profesionales

Las facturas de profesionales pueden incluir retenciones del 7%, 15% u otros porcentajes.

Cálculo: suma de las retenciones practicadas en las facturas recibidas.

Documentación necesaria: copia o listado de las facturas recibidas.

Modelo 115 / 180

Retenciones sobre arrendamientos de inmuebles urbanos.

Cálculo: suma de las retenciones practicadas en los recibos de alquiler.

Documentación necesaria: solo comunicar variaciones respecto a periodos anteriores.

Modelo 123 / 193

Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario y renta de no residentes.

Cálculo: suma de retenciones por intereses, dividendos, préstamos o alquileres de negocio.

Documentación necesaria: relación de bases y cuotas.

Pagos a cuenta IRPF

Modelo 130

Pagos fraccionados a cuenta del IRPF para empresarios personas físicas.

Cálculo: porcentaje sobre el beneficio acumulado del ejercicio.

Documentación necesaria: la misma que para el IVA.

Modelo 131

Pagos a cuenta en régimen de estimación objetiva (módulos).

Cálculo: mismo importe que trimestres anteriores.

Documentación necesaria: ya disponible en el despacho.

Modelo 184

Declaración informativa para comunidades de bienes y sociedades civiles.

IVA

Modelo 303 / 390

Impuesto indirecto que grava el consumo: IVA repercutido menos IVA soportado.

IVA en régimen simplificado (módulos)

Cálculo: regularización en el 4T según datos aportados.

IVA de alquileres

Cálculo: IVA de los ingresos por alquiler menos gastos deducibles.

IVA en régimen general

Cálculo: diferencia entre IVA repercutido y soportado.

Personas físicas

Envío del Excel de libros facilitado por el despacho.

Personas jurídicas

  • Bases y cuotas de IVA repercutido.
  • Bases y cuotas de IVA soportado.
  • IVA soportado en bienes de inversión.
  • Novedad: balance de sumas y saldos del 01/01/2025 al 31/12/2025.

Modelo 349

Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

Incluye operaciones con clientes y proveedores de la UE inscritos en el VIES.

Consulta de países UE:

Ver listado oficial

Documentación necesaria: copia de las facturas incluidas en el modelo 349.

Validado por:

Prat Mora Advocats i Economistes

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